La entidad, hasta el último ejercicio cerrado, no tiene la obligación de auditar sus cuentas ya que no cumple dos de los tres requisitos durante dos años continuados que marca la normativa que se deben dar para dicha obligación, esto es, el importe de la cifra de negocios superar los 5.700.000,00€, el importe del total de sus activos superar los 2.850.000,00€ y el número medio de la plantilla de trabajadores ser superior a 50.
Información actualizada el 29/04/2024